Real Cedula de S.M. y Señores del Consejo, en que se prorroga por un año mas desde veinte y siete de Marzo del presente, el término prefinido para la admisión en las Reales Casas de Moneda y Tesorerías de Exército y Provincia, de los veintenes de Oro, que corren por veinte y un reales y quartillo, en la conformidad que se expresa

Precede a la port.: Orden de traslado de la Real cédula, fechada en Madrid a 6 de Abril de 1789

Publicación: En Vitoria : por Gregorio Marcos de Robles y Revilla, Impresor ... 1789
Materia:
Acceso electrónico: http://www.liburuklik.euskadi.eus/handle/10771/27037
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